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Los parados que pasen a autónomos recibirán el 40% de su prestación

Lucía Abellán

Los parados que deseen constituir su propio negocio como autónomos o cooperativistas podrán cobrar de una sola vez el 40% de su prestación. El requisito es que esa cantidad, equivalente a 4.240 euros de media, se destine a inversiones necesarias para el inicio de la nueva actividad. Esta medida, aprobada ayer por el Consejo de Ministros, supone duplicar la posibilidad, ya existente desde diciembre de 2002, de que el parado percibiera de golpe el 20% de su prestación de paro para montar su negocio.

Trabajo confía en que, con esta medida, el número de parados que han decidido constituirse como autónomos se amplíe a 50.000. Entre 2002 y 2003 (últimos datos disponibles), un total de 21.044 parados recurrieron a esa opción. El 90% de ellos mantiene su actividad y el 10% restante logró sostener el negocio al menos un año. A la vista de estas cifras, el ministerio ha considerado conveniente ampliar la cantidad que los parados pueden destinar a inversión. También podrán disponer del resto de la prestación (6.400 euros adicionales de media, según los datos de Trabajo) para pagar las cuotas a la Seguridad Social por la labor realizada.

Los trabajadores que recurren a esta posibilidad suelen tener una prestación de paro larga y de cuantía elevada, según fuentes del Ministerio de Trabajo. El beneficiario puede solicitar el pago en cualquier momento a partir de que se le reconozca el derecho a paro. Tienen que restarle, eso sí, un mínimo de tres meses de prestación por percibir.

Ventajas para cooperativas

El real decreto aprobado ayer incluye la posibilidad de que quienes hayan trabajado de forma temporal (no más de dos años) con cooperativas o sociedades laborales puedan percibir la prestación por desempleo en su totalidad para aportarla a estas empresas de autoempleo colectivo para entrar a formar parte como socios.

La posibilidad de percibir parte de la prestación de paro para emprender un proyecto empresarial propio se estableció en el decreto de medidas propuestas en 2002 por el Gobierno del Partido Popular para reformar las prestaciones por desempleo (el llamado decretazo, que desembocó en la huelga general del 20 de junio de 2002). Entonces, el porcentaje quedó fijado en el 20% de la prestación.

Tradicionalmente, en la legislación española existía esa posibilidad, pero en 1992 se prohibió porque había un gran índice de fracaso en la pervivencia de los negocios montados. Más tarde se volvió a establecer sólo para cooperativas y después se extendió al colectivo de minusválidos. A partir de 2002 quedó restablecida para autónomos y cooperativistas y ahora se mantiene para ese mismo colectivo con más dinero.

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Sobre la firma

Lucía Abellán
La redactora jefa de Internacional de EL PAÍS ha desarrollado casi toda su carrera profesional en este diario. Comenzó en 1999 en la sección de Economía, donde se especializó en mercado laboral y fiscalidad. Entre 2012 y 2018 fue corresponsal en Bruselas y posteriormente corresponsal diplomática adscrita a la sección de España.

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