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Conde-Pumpido ordena a los fiscales actuar contra quienes cuelgan en la Red obras protegidas

El Fiscal General del Estado quiere evitar "una criminalización generalizada de la sociedad"

El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, ha ordenado a los fiscales emprender acciones de carácter civil contra quienes cuelgan en Internet una obra protegida sin la autorización de su titular, así como contra aquellos que utilicen sistemas de intercambios de archivos para la obtención de las mismas.

La Fiscalía precisa en una instrucción que esta conducta estará penada por la Ley en el caso de que se detecte ánimo de lucro comercial en las operaciones.

Así consta en una circular remitida por Conde-Pumpido a los fiscales para unificar criterios sobre delitos contra la propiedad intelectual e industrial tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003.

El fiscal hace hincapié en la vulneración de estos derechos a través de las nuevas tecnologías, lo que requiere "hacer una valoración jurídica y penal de determinadas conductas generalizadas en la actual sociedad".

En el informe, la Fiscalía General pide a los fiscales respecto a estos delitos cometidos mediante Internet que garanticen tanto los derechos de los titulares de la propiedad con los derechos de los usuarios de los servicios de la sociedad de información, con el fin de evitar "una criminalización generalizada de la sociedad".

En este sentido, señala que "la conducta que se limita a bajarse de la Red una obra para su disfrute personal no realiza un acto de comunicación", sino que se trata de "una copia privada sin ánimo de lucro en el sentido estricto de lucro comercial".

Además, indica que en "los supuestos en los que la infracción sólo concurre un ánimo de obtener ventaja de carácter individual o personal", la respuesta debe hacerse desde el ámbito de protección penal.

Protección penal

Por otro lado, la circular informa a los fiscales del reforzamiento de la protección penal de los derechos de la propiedad intelectual e industrial a través de diferentes medidas de orden sustantivo y procesal.

En concreto, estas medidas se refieren a la elevación de penas, fundamentalmente en las penas de multa, que además en los delitos contra la propiedad intelectual se hace conjunta con la de la prisión.

También señala que se transforma el régimen de persecución de los delitos, que se convierten en delitos perseguibles de oficio. Lo que exige, según el fiscal general, "una posición activa y vigilante de los fiscales en relación con la aportación al procedimiento de las pruebas para la acreditación de las conductas delictivas.

Asimismo, la circular legitima la utilización de la figura del agente encubierto cuando estén cometidos por delincuencia organizada.

También incluye los delitos contra la propiedad intelectual e industrial en el catálogo de delitos de juicios rápidos y reconoce la legitimidad propia de las entidades gestoras para intervenir en los procedimientos penales.

Cándido Conde-Pumpido.
Cándido Conde-Pumpido.

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