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El transporte de animales de granja tendrá que reunir "condiciones dignas"

La Ley de Bienestar Animal protegerá las cobayas de laboratorio como "seres sensibles"

El Ministerio de Agricultura obligará por ley a que el transporte de animales de granja se produzca "en condiciones dignas", en el menor tiempo posible, con agua, alimentos y periodos de descanso para evitar "sufrimientos inútiles". El Gobierno traspone una norma europea en la Ley de Protección de los Animales de Producción y de los Utilizados para Experimentación y Otros Fines Científicos, que prohibirá que los animales de laboratorio padezcan "sufrimientos inútiles" y obligará a darles "un trato adecuado de acuerdo a su condición de seres vivos sensibles". La norma también regula el sacrificio de los animales para que sufran lo menos posible e impone multas de hasta 100.000 euros.

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El Gobierno ha elaborado el borrador de una ley para impedir el daño innecesario a animales de laboratorio de experimentación al considerarlos "seres vivos sensibles". El borrador del texto, de 25 folios, señala que el objetivo es "alcanzar un equilibrio entre la utilización de los animales con fines económicos o científicos y el respeto a unas condiciones adecuadas de los animales, permitiendo que tengan un trato adecuado de acuerdo a su condición de seres vivos sensibles". La norma destaca que "una vez conseguido el objetivo de suministrar a los ciudadanos alimentos en cantidad suficiente", éstos reclaman "respeto a la protección de los animales".

La futura ley añade que aunque "el empleo de animales con fines experimentales sigue siendo necesario para el avance de la ciencia, la sociedad reclama que este uso se haga con las máximas garantías para la protección de los mismos". La norma reúne y amplía todos los reglamentos existentes y traspone una directiva europea. No afecta a animales domésticos ni a corridas de toros. Éstos son sus principales puntos.

- Transporte en camiones. La imagen de los camiones atestados de cerdos sin apenas espacio puede terminar con la entrada en vigor de la nueva ley. El Ministerio de Agricultura incorpora con este texto a la legislación española una decisión de la Comisión Europea de diciembre de 2004 que obligaba a mejorar la situación del transporte de los animales. El borrador de la ley señala que "no se podrán transportar animales de forma que pueda causarles lesiones o un sufrimiento innecesario". La norma obliga a los transportistas a "reducir al mínimo la duración del viaje y atender las necesidades de los animales durante el mismo".

El texto es resultado de un acuerdo del Consejo de Ministros de la Unión Europea en diciembre de 2004. El Gobierno español presionó durante la tramitación en Bruselas para eliminar "las disposiciones relativas a densidades de carga, tiempos de viaje y descanso" que, según el Ministerio de Agricultura, dañaban a España. El Gobierno español logró así descafeinar la intención de Bruselas, según explica Agricultura en su web.

Los animales tendrán que recibir "agua, alimento y periodos de descanso a intervalos suficientes y en condiciones adecuadas a su especie y tamaño", según el borrador. Agricultura no quiso ayer comentar la tramitación, pero la norma tiene que entrar en vigor antes de enero de 2007.

Además, los transportistas deberán tener un curso en bienestar animal y no podrán "recurrir a la violencia o a métodos que puedan causar en los animales temor o sufrimientos innecesarios".

La Asociación para el Bienestar Animal denuncia que en España "millones de vacas, ovejas, cabras, cerdos, caballos, potros, burros... viajan hacinados, hambrientos, sedientos y sin atención veterinaria".

- Laboratorio y docencia. El texto prohíbe maltratar, dañar o investigar en animales si esto les produce "sufrimientos o daños inútiles"; abandonarlos, "matarlos por juego o perversidad" o permitir que se escapen del laboratorio. Además, los centros donde se críen animales o donde se investigue con ellos deberán estar inscritos en un registro. En octubre de 2005, el Gobierno aprobó un real decreto que ya fijaba condiciones mínimas de tamaño de jaulas, temperatura y tratamiento de animales de laboratorio. La norma obliga a comunicar si un animal se ha escapado y castiga a quienes permitan su liberación.

- Sacrificio. El borrador establece que los mataderos tendrán que estar diseñados "para no ocasionar a los animales agitación, dolor o sufrimientos evitables", pero permite excepciones: cuando el sacrificio siga los ritos propios de iglesias y religiones".

- Sanciones. La ley fija sanciones entre 6.000 y 100.000 euros para "el sacrificio de animales en espectáculos públicos no autorizados", "utilizar los animales en peleas", "grabar anuncios o películas en las que se maltrate animales".

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