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VIVIENDA

Evitar cláusulas abusivas para el comprador

El anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor que ayer revisó el Consejo de Ministros tiene un "capítulo especial dedicado a la compraventa de viviendas, que es el gasto más importante que se realiza a lo largo de la vida" de la mayoría, indicó la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado.

Con la nueva ley se definen varias cláusulas abusivas (que no tienen valor aunque figuren en el contrato y el comprador lo firme). La primera es que el vendedor o promotor no podrá penalizar al comprador por no "subrogar el crédito hipotecario que ofrezca el promotor", indicó Salgado. Ello quiere decir que podrá escoger la oferta de la entidad financiera que más le interese, independientemente de la que le presenten los vendedores.

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La segunda es que el comprador no podrá "hacer frente a los impuestos que corresponden al vendedor, como las plusvalías", aunque así lo acuerden, añadió la ministra.

La tercera, que el vendedor deberá entregar la casa con los servicios necesarios para la habitabilidad (luz, agua, alcantarillado) ya contratados. Su alta deberá estar incluida en el precio de la vivienda.

La cuarta, que el contrato no podrá obligar a someterse a un sistema de arbitraje (resolución de conflictos fuera de los tribunales) diferente al Sistema Arbitral de Consumo, que depende del ministerio.

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