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Una estructura formativa más cercana a Europa

En enero de este mismo año se aprobaron los decretos que regulan las futuras carreras universitarias y los nuevos títulos oficiales de Máster y Doctor. Esta reforma va ligada al desarrollo de la Ley Orgánica de Universidades (LOU) y se pretende con ella avanzar en el desarrollo del futuro espacio común europeo, que permitirá la homologación de títulos y la movilidad de los estudiantes de un país a otro.

- Títulos de Grado. Así se llamarán las nuevas carreras, que durarán entre tres y cuatro años, o sea, entre 180 y 240 créditos; cada crédito equivale a 10 horas de clase, prácticas o estudio. Con esto se eliminan los actuales títulos de diplomado y licenciado. De forma excepcional algunas carreras tendrán una duración mayor. Las titulaciones de Grado deberán incluir exclusivamente "enseñanzas básicas, de formación general y orientadas al ejercicio profesional" y no especializadas.

Si a un estudiante le pilla el cambio en plena carrera, lo estudiado se le canjeará por créditos.

- Posgrado. Está formado por dos ciclos y dos títulos oficiales: máster y doctor.

- Máster. Los contenidos del Máster deben estar destinados "a la formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar" y estarán compuesto por entre 60 y 120 créditos (es decir, durarán entre uno y dos años). En los máster oficiales podrán dar clase aquellos profesionales no vinculados con las universidades, y éstas podrán establecer convenios con empresas. Los máster que no sean oficiales no podrán denominarse en el futuro igual que los oficiales.

- Doctorado. Su finalidad es "la formación avanzada del titulado en las técnicas de investigación". Con el título de Máster se puede acceder al doctorado y también si se han cursado 60 créditos en programas oficiales de posgrado (cursos específicos). En todo caso, antes de acceder al doctorado se habrán cursado 300 créditos universitarios. El doctorado incluirá (como en la actualidad) una tesis doctoral que deberá ser un trabajo original de investigación.

El doctorado podrá tener apellido, Doctor Europeus, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: que el alumno haya estado un mínimo de tres meses cursando estudios superiores o en tareas de investigación en un organismo oficial de otro Estado europeo; que haya hecho parte de la tesis en otra lengua oficial de la Unión Europea y que entre el tribunal que evalúa dicha tesis y los expertos que informen sobre ella haya personas de otro país europeo.

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