_
_
_
_
_
LA REFORMA DEL ESTATUTO CATALÁN

Un complejo proceso entre el Parlamento y una delegación de Cataluña

La tramitación en el Congreso del nuevo Estatuto de Cataluña sigue un proceso más complejo que la reforma del Estatuto de la Comunidad Valenciana para adecuar las modificaciones que se incorporen al sistema con el que fueron aprobados ambos. Uno y otro están regulados por la Resolución 34 del Congreso del 16 de marzo de 1993. La diferencia básica en el caso del Estatuto catalán es que convivirán en el Congreso los diputados de la Comisión Constitucional con los de una delegación de parlamentarios catalanes para discutir las enmiendas e intentar, en lo posible, llegar a un acuerdo sobre las mismas. En todo caso, si no hubiera tal acuerdo, prevalecerá el criterio del Congreso de los Diputados, tal como lo decida la Comisión Constitucional, que preside Alfonso Guerra. En síntesis, el procedimiento es el siguiente:

- 1. El texto aprobado en el Parlamento catalán se presentará hoy en el Registro del Congreso.

- 2. La Mesa del Congreso analiza el texto para "comprobar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y estatutarios". Aunque el PP dirá que es inconstitucional y que se devuelva, como ya hizo con el plan Ibarretxe, prevalece el criterio de la mayoría con lo que será tomado en consideración y se fijará su debate en Pleno para noviembre.

- 3. Debate de la totalidad del texto en el Pleno. Ahí fue donde se rechazó el plan Ibarretxe, pero ahora el PSOE ha anunciado que no lo rechazará en el Pleno para enmendarlo en la Comisión Constitucional.

- 4. El texto pasa a la Comisión Constitucional y se abre el plazo de enmiendas.

- 5. El Parlamento catalán puede enviar una delegación, con un número máximo de miembros igual al de la Comisión Constitucional (38). La composición de esa delegación es proporcional al reparto de escaños en la Comisión. Se estima que, en principio, la formarán una decena de parlamentarios catalanes.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

- 6. La Comisión Constitucional nombra una ponencia, presidida por Alfonso Guerra, con un número de miembros proporcional al reparto de escaños.

- 7. La delegación catalana se une a la Ponencia de la Comisión. Durante un plazo máximo de dos meses analizan conjuntamente las enmiendas pero las votan por separado.

- 8. Si, pasados dos meses no logran ponerse de acuerdo, prevalece el criterio de la Comisión Constitucional. El texto enmendado sólo por la Comisión Constitucional iría al Pleno del Congreso para votarlo y, de ahí, remitirlo al Senado. Si el proyecto de Estatuto se debate en Pleno en noviembre y se cumplen los plazos, en marzo podría estar aprobado por el Congreso e iniciar su trámite en el Senado. Guerra, en todo caso, quiere que los trabajos para enmendar el texto de Cataluña no se solapen con las enmiendas al Estatuto valenciano.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_