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LEY CONTRA EL TABACO

El Congreso aprueba por unanimidad que se prohíba fumar en los centros de trabajo

En bares y restaurantes de más de 100 metros sólo se podrá consumir tabaco en zonas separadas

El Congreso aprobó ayer por unanimidad que se prohíba fumar en los lugares de trabajo cerrados. La decisión, que fue tomada por la Comisión de Sanidad, no tiene que pasar al Pleno, sino que irá directamente al Senado. De esta manera se agilizan los trámites para que la ley entre en vigor el 1 de enero de 2006.

El polémico proyecto, un texto de 12 páginas, recibió 196 enmiendas. Las negociaciones se mantuvieron hasta el minuto antes de la votación. Los principales aspectos de la ley se exponen a continuación.

- Centros de trabajo. Al final, todos los grupos aprobaron que no se pueda fumar en ningún centro de trabajo cerrado. Además, está prohibida la creación de zonas para fumadores. El veto incluye todas las dependencias, incluidos despachos, salas de reuniones -aunque los asistentes quieran fumar- o las cafeterías de las empresas.

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- Bares y restaurantes. El proyecto mantiene la distinción entre lugares de más de 100 metros cuadrados y locales menores. En los primeros, se podrán habilitar espacios aislados para fumar, con sistemas de ventilación independiente y que no sean de paso, que no ocupen más del 30% de su superficie. En los segundos, será el dueño el que decida si se trata de un establecimiento para fumadores. La misma regulación servirá para casinos, salas de juego o discotecas donde los menores no puedan entrar. Izquierda Verde pidió la prohibición total para proteger a los trabajadores del humo de los clientes, pero su enmienda no prosperó. Los establecimientos hoteleros podrán reservar un 30% de sus habitaciones para fumadores.

- Transporte. Está prohibido fumar en medios de transporte públicos y en las instalaciones correspondientes, salvo en las zonas habilitadas en aeropuertos y estaciones. ERC consiguió que se aprobara una enmienda para dejar fuera de esta limitación los andenes de subterráneos que estén al aire libre.

- Venta. Se mantiene la prohibición de vender pitillos o puros sueltos (salvo en los restaurantes donde se pueda fumar) y se limita este negocio a estancos y máquinas expendedoras. La excepción son las tiendas libres de impuestos y Canarias, donde no existe una red de estancos.

- Publicidad. Las únicas actividades de publicidad del tabaco permitidas serán las que se realicen dentro de los estancos -no en los escaparates- y en publicaciones del sector. CiU no consiguió que se permitiera el patrocinio de actividades deportivas como los grandes premios de motociclismo o automovilismo. Tampoco estarán permitidos los anuncios en ningún soporte, una medida que la UE ya tomó en julio.

- Tratamientos. La ley ha sido modificada para incluir un fomento de planes de deshabituación, pero no recoge las enmiendas del PP para que los tratamientos los pague la sanidad pública ni que los programas en las empresas desgraven fiscalmente.

La ministra de Sanidad, Elena Salgado, las sociedades médicas y el Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo manifestaron su satisfacción por la ley. La Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios indicó que temía que las tabacaleras burlen la prohibición de la publicidad. Por su parte, la Asociación Empresarial del Tabaco dijo que estaba estudiando el borrador. Esta asociación había afirmado anteriormente que apoya la protección de los menores, pero que le parece "inconstitucional" prohibir la publicidad, que les deja "sin posibilidad de competir". CC OO insistió en que trabajadores y empresarios negocien la creación de zonas para fumar. El presidente de la Asociación Nacional de Empresarios por la Calidad del Ocio, Dionisio Lara, manifestó que las ordenanzas impiden las obras para crear zonas de fumadores. "Ello sacará más gente a la calle, y aumentará la situación problemática de las zonas de ocio", afirmó.

El anteproyecto con las enmiendas puede consultarse completo en ELPAIS.es

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