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Aplazada la gestión del 'copyright' en Internet

La Ley de Propiedad Intelectual (LPI) admite que el comprador copie la obra protegida por el copyright para su uso privado. También reconoce el derecho del autor a ser remunerado por esa copia. Para el cobro de esta compensación la ley fija unas cantidades, que varían según el tipo de aparato reproductor o soporte de grabación, que el consumidor paga al comprarlo.

Tras la implantación de Internet y de la tecnología digital, las sociedades de gestión llevaron a los tribunales a los fabricantes de DVD y CD vírgenes para cobrar la remuneración. Los jueces refrendaron el cobro de tarifas al adaptar la nueva situación tecnológica a lo que estipulaba la ley para las cintas de casete y vídeo. Es decir, los fabricantes fueron condenados a pagar para compensar la copia privada. Así las cosas, en 2003 seis entidades de gestión de derechos de autor (entre ellas la SGAE) y la asociación de fabricantes Asimelec acordaron un canon sobre las ventas de los CD y DVD vírgenes, los soportes de grabación de la era digital. El canon no es un impuesto: no lo cobra la Administración. Es una compensación que cobran las sociedades de autor por la pérdida de ingresos.

La medida fue rechazada por varias asociaciones de consumidores que argumentaban que no todos los que compran un CD lo usan para copiar obras protegidas. Tesis, historiales médicos, actas judiciales y hasta el Boletín Oficial del Estado se graban en CD.

La polémica se caldeó aún más con la venta de discos con sistemas anticopias. Ahí se rompía el razonamiento de los autores: se implantaba un canon para compensar la copia privada, pero ciertos discos eran imposibles de copiar.

La otra gran polémica es si el intercambio de archivos a través de las redes P2P es o no piratería. Para los colectivos de internautas, no: es una actividad parecida al intercambio de cintas en el que no hay comercio. Para los autores, el trueque implica ánimo de lucro.

Cuando la reforma de la ley empezó a tramitarse para adaptarla a la directiva comunitaria, la industria informática y de telecomunicaciones temió que los legisladores ampliaran el canon sobre los CD a otros materiales como los discos duros de ordenador o las conexiones a Internet. La batalla no es sólo española. En Estados Unidos están en un lado la industria de Hollywood y en otro la de Silicon Valley; los fabricantes de contenidos contra los fabricantes de software y hardware (Microsoft y HP, entre otros).

El texto aprobado ayer excluye los discos duros de ordenador, aunque no especifica qué se entiende por disco duro, definición que será elaborada por una orden ministerial de Cultura e Industria en ocho meses, si antes las partes (gestoras y fabricantes) no lo han acordado. La reforma también excluye las conexiones ADSL, que facilitan el P2P.

Es decir, esta adaptación de la LPI a la directiva comunitaria no regula lo más importante: la gestión de los derechos de autor en Internet.

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