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La reforma del Estatuto

Derechos sociales en el nuevo Estatuto andaluz

La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía encara a partir del jueves sus últimos trámites en el Parlamento autonómico, antes de llegar al Congreso de los Diputados. Mañana se debatirá en la Comisión de Desarrollo Estatutario, donde aún es posible introducir nuevas enmiendas. Y el 2 de mayo se celebrará el pleno definitivo de aprobación de la proposición de ley. EL PAÍS inicia hoy una serie sobre los futuros contenidos del nuevo Estatuto andaluz.

Derechos sociales, Deberes y Políticas Públicas

Más información
El Parlamento andaluz aprueba la reforma del Estatuto con el respaldo de PSOE e IU

Es un título de nueva creación integrado por 30 artículos. Para los partidos firmantes de la iniciativa de reforma, PSOE e Izquierda Unida, constituye la principal seña de identidad de la iniciativa. En sus disposiciones adicionales considera titulares de los derechos y deberes a "todas las personas con vecindad administrativa de Andalucía", es decir, también a los inmigrantes.

Destacan los siguientes artículos:

Igualdad de género. Se garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos. Las mujeres tienen derecho a una especial protección contra la violencia de género.

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Protección de la familia. Se garantiza la protección social, jurídica y económica de la familia. La ley regulará el acceso a las ayudas públicas para atender a las situaciones de las diversas modalidades de familia existentes según la legislación civil.

Mayores. Tienes derecho a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y atención integra, para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo (...), así como a acceder a una atención gerontológica adecuada.

Muerte digna. Se garantiza a todas las personas el derecho a vivir dignamente el proceso de su muerte. Se reconoce el derecho a declarar la voluntad vital anticipada que deberá respetarse, en los términos que marque la ley.

Educación. La enseñanza pública es laica, sin perjuicio del derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones. Todos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a los centros educativos sostenidos con fondos públicos. A tal fin se establecerán los correspondientes criterios de admisión, a fin de garantizarla en condiciones de igualdad y no discriminación. Se garantiza la gratuidad de los libros de texto en la enseñanza obligatoria. Los planes educativos incorporarán los valores de la igualdad entre hombres y mujeres y la diversidad cultural.

Salud. Los pacientes y usuarios del sistema sanitario público andaluz tendrá derecho a, entre otros, la libre de elección de médico y de centro, el consejo genético y la medicina predictiva, una segunda opinión médica, recibir tratamientos paliativos y el acceso a su historial clínico.

Prestaciones sociales. Se establece una renta básica, que se regulará por ley.

Discapacidad o dependencia. Las personas en esa situación tiene derecho a acceder en los términos que establezca la ley, a las ayudas y prestaciones necesarias para su desarrollo personal y social pleno.

Orientación sexual. Toda persona tiene derecho a que se respete su orientación sexual y su identidad de género. Los poderes públicos promoverán políticas para garantizar el ejercicio de este derecho.

Buena administración. Los ciudadanos tienen derecho a obtener una información veraz de las administraciones públicas, a que sus asuntos se traten de manera imparcial y sean resueltos en un plazo razonable, así como acceder a la documentación e información de las instituciones, corporaciones, órganos y organismos públicos en Andalucía.

Deberes. Entre estos se establece que las empresas que desarrollen su actividad en Andalucía se ajustarán a los principios de respeto y conservación del medio ambiente.

Políticas públicas. Entre los principios rectores se establece la prestación de unos servicios públicos de calidad; la lucha contra el sexismo, la xenofobia, la homofobia y el belicismo; la especial protección de las personas en situación de dependencia; el uso de la lengua de signos; la plena equiparación laboral entre hombres y mujeres; el uso racional del suelo, adoptando cuantas medidas sean necesarias para evitar la especulación y promoviendo el acceso de los colectivos necesitados a viviendas protegidas; la atención de las víctimas de delitos, especialmente los derivados de actos terroristas; el impulso y desarrollo de las energías renovables, el ahorro y la eficiencia energética.

Protección jurisdiccional. En el capítulo de garantías del título de Derechos y Deberes se asegura que los poderes públicos que vulneren los derechos mencionados podrán ser objeto de recursos ante la jurisdicción correspondiente, de acuerdo con los procedimientos que establezcan las leyes.

Defensa de los derechos. Se establece que corresponde al Defensor del Pueblo velar por la defensa de los mismos.

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