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Telefónica factura las llamadas que comunican en los móviles con buzón de voz

La federación de consumidores pide a la compañía que anule las nuevas condiciones por introducirlas "ilegalmente"

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) denunció hoy que Telefónica ha comenzado a cobrar las llamadas a teléfonos Movistar que estén comunicando como un minuto de conversación si tienen buzón de voz, y pidió a la compañía que anule las nuevas condiciones de ese servicio por introducirlas "ilegalmente".

Según FACUA, "la compañía ha informado a sus clientes que el buzón de voz sólo se activa cuando los teléfonos están apagados o fuera de cobertura, omitiendo que el buzón salta cuando el usuario mantiene otra conversación".

La Federación de Consumidores ha pedido a Telefónica Móviles que anule de inmediato las nuevas condiciones de su servicio de su buzón de voz, que desde unos días salta cuando los móviles comunican, "ya que con ello está vulnerando la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad".

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La Federación advierte que la práctica puesta en marcha por la empresa es claramente ilegal, por lo que en caso de que no rectifique procederá a denunciarla ante el Instituto Nacional del Consumo, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Según FACUA, la modificación de las condiciones del servicio de buzón de voz sin previo aviso a los usuarios "vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios".

Además, en la última factura, Telefónica Móviles adjunta un folleto publicitario sobre las nuevas características de su buzón de voz, donde invita a activarlo marcando el número 500 e indica que únicamente se activa "cuando desconectes tu móvil o estés fuera de cobertura".

"Al omitir que el buzón salta cuando el usuario mantiene otra conversación o si no le da tiempo a contestar la llamada, otra posibilidad incluida en el servicio, la compañía está incurriendo en un supuesto de publicidad engañosa, contraviniendo con ello la Ley General de Publicidad".

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