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El proceso para el fin de la violencia etarra

España defiende en Estrasburgo la ilegalización de Batasuna pero admite que hay una nueva situación

El abogado del Estado subraya que la sentencia se produjo "en un periodo temporal concreto"

La Abogacía del Estado ha defendido ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, la sentencia de la Sala Especial del Tribunal Supremo que ilegalizó a Batasuna, y ha pedido que se rechace la demanda contra España presentada por la formación abertzale. En sus observaciones, el Estado español advierte que hoy existe una "nueva situación" en la que ETA ha proclamado el alto el fuego y Batasuna pretende su participación normalizada en la vida política, precisamente por la fortaleza demostrada por el Estado de derecho con la ilegalización.

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El abogado del Estado ante el Tribunal de Estrasburgo rechaza tajantemente la demanda contra España presentada por Batasuna y Herri Batasuna "por carecer de fundamento" y pide al tribunal que declare que la disolución de esos partidos no ha entrañado violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Sin embargo, en una de las observaciones presentadas, el abogado del Estado español subraya que la sentencia de ilegalización se dictó el 27 de marzo de 2003 y en ella se analizó la situación y conducta de Batasuna después de la entrada en vigor de la Ley de Partidos Políticos.

"Con ello debe decirse y subrayarse", prosigue el abogado del Estado, "que en la sentencia se enjuició una situación concreta, en un periodo temporal concreto". "Y es esa situación y esa referencia de tiempo la considerada por los tribunales para decretar la ilegalización de los partidos demandantes", añade.

"La nueva situación que hoy, año 2006, existe en España, en donde la organización terrorista ETA ha proclamado el 'alto el fuego indefinido', y su brazo o herramienta política, Batasuna, pretende su participación normalizada en la vida e instituciones políticas, es consecuencia precisamente de la fortaleza demostrada por el Estado de derecho y sus instituciones, que en lo que aquí nos ocupa, están representadas por las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que se pronunciaron decretando la ilegalización de Batasuna", señala el abogado del Estado.

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Requerimiento a España

La Abogacía del Estado responde así al requerimiento del Tribunal de Estrasburgo, que en el procedimiento Batasuna contra España invitó al Estado español a responder a las siguientes dos cuestiones: "La disolución de Herri Batasuna y Batasuna, ¿constituye una injerencia en las libertades de expresión y de asociación de los partidos políticos demandantes, garantizadas respectivamente por los artículos 10 y 11 del Convenio? En caso afirmativo, ¿esta injerencia puede justificarse a las vista de los segundos apartados de estas disposiciones?" [Dichos apartados mencionan las restricciones a que pueden ser sometidas los citados derechos y libertades siempre que estén previstas en la ley y por razones de seguridad nacional, seguridad pública, defensa del orden y la prevención del delito y protección de la salud y de la moral, entre otras].

A lo largo de 70 folios, la Abogacía del Estado desgrana la amenaza que para los derechos humanos, la democracia y el pluralismo supuso la actuación de Batasuna cuando aún no había sido ilegalizada, citando en concreto el informe del comisario de Derechos Humanos, Álvaro Gil-Robles, en su visita de febrero de 2001 al País Vasco, en el que se decía que Euskal Herritarrok

[la marca electoral de Batasuna en aquellos momentos] "asume los postulados de ETA" y "defienden la razón de ser de la acción terrorista".

En consecuencia, "no sólo es perfectamente legítimo, sino obligado" que el Estado impida que un partido político pueda, "de forma reiterada y grave, atentar contra el régimen democrático de libertades, apoyando políticamente la violencia y las actividades de bandas terroristas".

El defensor del Estado explica al TEDH que en España existe pluralismo político hasta el punto de que existen y funcionan regularmente "no pocos partidos independentistas, separatistas o nacionalistas, que desarrollan su actividad dentro del respeto al sistema democrático" y "asumen incluso responsabilidades de gobierno en varias comunidades autónomas".

Describe después la trayectoria de Batasuna desde la promulgación de la Ley de Partidos Políticos, recordando que el Tribunal Supremo determinó que el complejo Herri Batasuna-Euskal Herritarrok-Batasuna eran "artificios legales creados por ETA para lograr el complemento de su propia actividad terrorista", y que las tres formaciones "se ajustan en su modus operandi a idéntica estrategia, que ha sido diseñada por ETA". En ese apartado, la respuesta al TEDH pasa revista, entre otras, a múltiples declaraciones de Arnaldo Otegi, tachando de "marioneta al servicio del Estado" al juez Baltasar Garzón, o exhortando a "responder con contundencia" a las "agresiones del Estado", la negativa de Batasuna a condenar asesinatos de ETA, los "vivas a ETA" en manifestaciones, o las pancartas de apoyo al terrorismo y actos de homenaje a etarras en ayuntamientos gestionados por Batasuna.

Por último, defiende que la disolución de Batasuna fue "necesaria para una sociedad democrática" y el TEDH ha afirmado reiteradamente que la democracia "es un elemento fundamental del orden público europeo"

Los magistrados del Tribunal Supremo que dictaron la sentencia de ilegalización de Batasuna.
Los magistrados del Tribunal Supremo que dictaron la sentencia de ilegalización de Batasuna.RICARDO GUTIÉRREZ

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